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Infracciones que comportan pérdida de puntos con el nuevo carnet

Como me estoy sacando el carnet, andaba investigando un poco y me topé con una web creada por la DGT para explicarnos el carnet por puntos, aquí os dejo algo de info.

El nuevo permiso por puntos que entrará en vigor el 1 de julio del 2006, supondrá un cambio importante en el sistema sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

A partir del 1 de julio, la comisión de una infracción de tráfico grave o muy grave comportará, dependiendo de la infracción cometida, las siguientes consecuencias:

* Sanción económica de 91 a 600 �.
* Retirada del permiso o licencia de conducción de 1 a 3 meses.
* Pérdida de puntos de acuerdo con el baremo que la ley establece.

La Administración facilitará a los conductores el acceso a su saldo de puntos y, además, siempre que notifique una resolución por la que se sancione una infracción que lleve aparejada la pérdida de puntos, indicará a los sancionados cuál es el número de puntos que se le restan y la forma expresa de conocer su saldo.

  Infracciones que comportan perdida puntos Puntos
1 Conducir con tasa alcohol superior a la establecida  
  Valores mg/l aire aspirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos con menos de 2 años de antigüedad más de 0,3 mg/l) 6
  Valores mg/l aire aspirado, superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos con menos de 2 años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l) 4
2 Conducir bajo efectos estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos 6
3 Incumplir obligación sometimiento pruebas alcohol, estupefacientes, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos 6
4 Conducción temeraria, en sentido contrario o en competiciones y carreras no autorizadas 6
5 Circular por autopistas o autovias con vehículos con los que esté prohibido 4
6 Sobrepasar en más de un 50% la velocidad máxima autorizada siempre que ello suponga superar al menos en 30 km/h dicho límite máximo 6
7 Exceso en más del 50% en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50% de los tiempos de descanso 6
8 Conducir vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50% el número de plazas autorizadas excluido el conductor salvo los autobuses 4
9 Conducir sin permiso o licencia 4
10 Arrojar a vía o inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación 4
11 Conducción negligente creando riesgo cierto y relevante para otros usuarios 4
12 Exceso de velocidad  
  En más de 40 km/h(salvo que esté incurso en apartado 6) 4
  En más de 30 km/h 3
  en más de 20 km/h 2
13 Incumplir la prioridad de paso, la detención ante señal stop y en los semáforos con luz roja 4
14 Incumplimiento de las normas sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o circunstancias de visibilidad reducida 4
15 Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas 4
16 Incumplir de normas sobre cambio sentido 3
17 Realizar marcha atrás en autopistas y autovias 4
18 Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento por el conductor del vehículo que va a ser adelantado 4
19 No respetar señales agentes 4
20 No mantener distancia seguridad con vehículo que precede 3
21 Conducir utilizando manualmente teléfono móvil, auriculares o cualquier dispositivo incompatible con la atención permanente en conducción 3
22 Parar o estacionar en curvas, cambios rasante, túneles o cualquier lugar peligroso para circulación o peatones 2
23 Parar o estacionar en carriles para transporte público urbano 2
24 Conducir vehículos con mecanismos para eludir la vigilancia de los agentes o utilización de mecanismos de detección de radares 2
25 Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio 2
26 Conducir sin utilizar cinturón seguridad, casco y demás dispositivos de seguridad 3
27 Circular con menores de 12 años como pasajeros de motos o ciclomotores con las excepciones previstas 2

Si estais aburridos podéis leer el texto completo

Vía RACC


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Publicado el 17 Marzo, 2006 en España

7 comentarios

hacker { 17.03.06 a las 13:39 }

A ver si se ponen serios ya de una vez con este tema.

Pande { 17.03.06 a las 13:59 }

Si, la verdad es que es increíble que al tío que pillaron yendo a más de 200 le vayan a cobrar menos de mil euros y un par de meses sin carnet. Yo lo mandaría de nuevo a hacer la Autoescuela.

Iván { 17.03.06 a las 14:16 }

Pande y lo mejor de todo es que era un criajo de 18 años recien sacado el Carnet! Cuando tendria que ir a 80, el tio va a 213…..

En teoria la sancion tendria que ser de 1.500�, 2 meses en la Carcel y retirada del Carnet por un año por lo menos

Joly { 21.03.06 a las 19:02 }

me parece estupendo. los que somos rudentes, seguiremos siendolo, y los niñatos de m***** que se joroben!

Gi { 21.03.06 a las 20:48 }

Es más, yo creo que sería mejor no decir el saldo de puntos, así van mas cagados.

Anonimo { 02.03.07 a las 1:25 }

Tengo una duda.
Si no tienes ningun permiso de conducir, y conduciendo “ilegalmente” una moto te retiran 4 puntos, ¿cuanto tiempo hay que esperar hasta poder sacarte el permiso de coche, por ejemplo?

pedro { 19.06.07 a las 10:02 }

¿cuantos puntos se me retirarian por yevar en mi ciclomotor con 15 años que tengo a otra persona de 14 años?¿y el precio de la multa?responderme

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